La REED tendrá como vías fundamentales de financiamiento para cubrir los gastos de funcionamiento y administración las siguientes:
a) Sedes de las Reuniones Anuales, las que describirán el monto total a aportar y las actividades en que serán ejecutados.
b) Presentación de un Proyecto general o específico por parte de los miembros en el que se describan los fondos que se aportan y las actividades emprendidas para su ejecución, así como, la fuente que los aporta, debidamente legalizados y fundamentado su origen.
c) Donativos de los miembros u otra entidad o persona natural que argumente las razones y destinos de estos.
d) Otras alternativas de financiamiento propuestas por sus miembros para el Proyecto Integral de la REED y aprobadas por la Coordinación General.
Cada uno de los miembros tendrá la posibilidad de buscar fondos presupuestarios para garantizar el desarrollo de sus proyectos específicos provenientes de fuentes nacionales o extranjeras.
Artículo 19 – Resolución de las diferencias
En caso de producirse controversia entre las partes integrantes, éstas acuerdan interponer sus mejores esfuerzos para lograr una solución armoniosa, teniendo en cuenta los principios que inspiran el presente Reglamento.
La resolución de diferencias o controversias relacionadas con la ejecución de proyectos o funcionamiento de la REED, se resolverán de buena fe, a través del consenso y los buenos oficios, buscando siempre lo más conveniente para la mayoría de los miembros y el fortalecimiento de sus relaciones.
Artículo 20 – Enmiendas al Reglamento
Para realizar enmiendas al Reglamento deberá presentarse una solicitud formal por escrito a la Coordinación General, en la que se exprese la modificación que se sugiere. La solicitud presentada se tramitará para su análisis en la Reunión Anual correspondiente. Para ser aprobada una Enmienda deberá contar con el voto positivo de más del cincuenta por ciento de los integrantes presentes.
Artículo 21 – Disolución de la REED
a) Puede ser disuelta por no ser pertinente, ni cumplir con los objetivos y tareas propuestas por un período consecutivo de 3 períodos ordinarios.
b) Por la propuesta, decisión y voto directo en Reunión Anual de más del sesenta y cinco por ciento de los representantes que la integran.
c) La Coordinación General de la Red mediante su coordinador general informará la decisión a las partes correspondientes.
En todos los casos, las actividades que están en ejecución deberán ser concluidas y los informes entregados.
Artículo 22- El presente Reglamento entrará en vigor a partir de la Reunión de Constitución oficial celebrada entre los días 28 y 29 de noviembre de 2014, en la Universidad de Sancti Spíritus “José Martí Pérez”, Cuba, en el marco de la 2da Reunión Anual REDEM-CECESS-UNISS.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]